A menudo no se piensa en los aspectos legales ante el deterioro cognitivo de las personas mayores, y afectan directamente al bienestar de nuestros ancianos.
Tener previsto los aspectos legales ante una posible incapacitación, a raíz de una enfermedad degenerativa como el Alzheimer o otras demencias, favorece a que la persona y su entorno puedan vivir ésta etapa de la vida de la mejor manera posible.
Conocer las leyes, las ayudas a las que se pueden acceder, y las figuras legales para proteger a nuestros familiares es el objetivo de este articulo.
Aspectos legales a considerar por el cuidador
Antes que nada, recordar que la persona afectada por un deterioro cognitivo grave va perdiendo de forma paulatina su capacidad de decisión, de voluntad y funcionalidad.
De forma constante, necesita de más ayuda por parte de terceras personas con lo que su vulnerabilidad legal aumenta.
Por tanto, conocer la información sobre los aspectos legales y económicos es primordial para tratar estas situaciones y preservar la dignidad, derechos y bienestar de la persona afectada y su familia.
Aunque los aspectos legales son amplios, hay que tener en cuenta las peculiaridades de cada individuo y familia, cosa que puede variar de la norma general. Por tanto, el asesoramiento por parte de expertos se hace indispensable en estos casos, para asegurar al máximo el bienestar de la persona.
Delante de un proceso degenerativo como el de un deterioro cognitivo es básico poder planificar, y más los aspectos legales que requieren de un tiempo de solicitud, de valoración y de resolución más amplios de los marcados por la ley.
Dentro de la previsión de planificación, es necesario conocer las siguientes formas de protección legal, considerando las capacidades preservadas en la toma de decisiones:
- Poderes preventivos o especiales.
- Guarda de hecho.
- Autotutela.
- Incapacitación legal: tutela y curatela.
- Documento de voluntades anticipadas o testamento vital.
Dichas formas legales son diferentes entre sí y requiere del asesoramiento profesional, por parte de los equipos de salud, servicios sociales o jurídicos de la zona.
Valoración clínica del deterioro cognitivo
Se conoce la demencia por un síndrome gradual y progresivo de afectación de la funciones superiores del ser humano. Estas funciones superiores son la memoria, orientación, juicio, concentración conllevando una dependencia gradual de terceras personas. Actualmente, es irreversible.
Hay diversos tipos de demencia y de deterioro cognitivo, pero todos tienen un rasgo común: la pérdida de capacidad intelectual. Hecho que afecta directamente a la toma de decisiones afectando a aspectos legales previstos en la ley.
Por tanto, para poder ejercer las fórmulas legales anteriormente vistas, se requiere primero de un diagnóstico fiable de demencia. Eso conlleva que un perito realice una valoración clínica exhaustiva, en la que se relacione el estado mental de individuo con su capacidad de autogobierno en el orden civil, en relación a los aspectos legales.
Determinación de la capacidad
Según la Constitución Española, la capacidad de autogobierno se divide en dos planos diferenciados, no excluyentes entre sí, que son el personal y el patrimonial:
- Personal, el juez debe velar por la máxima protección de la persona incapacitada.
- Económico o patrimonial, dónde el juez medirá el alcance con precisión, privando a la persona incapacitada de las actividades en que no se pueda defender, y conservar las que sí puede hacerlo.
Pasos legales para incapacitar a una persona con deterioro cognitivo
Veamos cuales son los pasos necesarios para poder incapacitar legalmente a una persona con afectación de deterioro cognitivo.
Nombramiento del tutor
Según el artículo 315 del código civil español vigente, la mayoría de edad empieza a los dieciocho años. Por tanto, a partir de esta edad las personas gozan de la presunción de capacidad.
Ahora bien, en casos de ancianos con deterioros cognitivos graves, y con la valoración del périto, se puede proceder a ejercer la incapacitación.
Para ello, a las personas incapacitadas se les ha de asignar un tutor, que según la Real Academia de la lengua Española (RAE) es «Aquella autoridad que, en defecto de la paterna o materna, se confiere para cuidar de la persona y los bienes de aquel que, por minoría de edad o por otra causa, no tiene completa capacidad civil”.
Por tanto, la figura del tutor será necesaria cuando el anciano sea considerado incapaz para todos los aspectos de la vida civil.
La incapacitación tiene como objetivo proteger a la persona y se justifica por esta ausencia o disminución de su voluntad y capacidad de juicio, sea para proteger su propia persona y sus bienes (incapacidad total o parcial), o bien para la protección del interés económico de la familia.
Una vez dictada la sentencia en la que se declara la incapacidad, se determinará la plena o parcial incapacidad; para ello, es preciso acudir a un segundo proceso judicial para el nombramiento de la institución tutelar a través de la cual se designará un representante de la persona incapacitada.
Tipos de tutela
La tutela, según la ley actual, puede ser:
- Dativa: se confiere por nombramiento del consejo de familia o del juez y no por disposición testamentaria ni por designación de la ley.
- Ejemplar: para cuidar de la persona y de los bienes de los incapacitados mentalmente.
- Legítima: La que se confiere por virtud de llamamiento que hace la ley.
- Testamentaria: virtud de llamamiento hecho en el testamento de una persona facultada para ello. (Real Academia Española).
Como podemos comprobar, los aspectos legales ante el deterioro cognitivo son variados y precisan de ayuda y supervisión por parte de profesionales del sector.